La Corte de Constitucionalidad es una Institución plenamente comprometida con la transparencia en el desarrollo de sus funciones y con los valores que inspiran un sistema de justicia abierta. El tribunal cuenta dentro de sus funciones, con la de compilar la doctrina y principios constitucionales que se vayan sentando con motivo de las resoluciones que emite.
Por medio de la Unidad de Gaceta y Jurisprudencia, la Corte de Constitucionalidad asegura la publicación gratuita, pronta e íntegra de todas sus resoluciones, reconociendo que la publicidad de la información es tanto un deber de cualquier entidad pública como una poderosa herramienta para el fortalecimiento del Estado de Derecho.
Las sentencias asumen el carácter de doctrina legal obligatoria o jurisprudencia conforme al artículo 43 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, al existir tres fallos ininterrumpidos, que expresen el mismo criterio. Sin embargo, La Corte de Constitucionalidad puede apartarse de su doctrina legal sustentando las razones de la innovación, la que únicamente será de carácter obligatorio al concurrir tres fallos en el mismo sentido.